Ayudas

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Ayudas

Grupo Núcleo pone a su disposición toda la documentación necesaria para  la solicitud de subvenciones de la Generalitat Valenciana.

Los ficheros se encuentran disponibles para su descarga en formato PDF

  1. Información de interés general.
  2. Certificado sobre el acuerdo de la comunidad de propietarios.
  3. Declaración responsable de los propietarios.
  4. Solicitud de ayudas del programa de rehabilitación edificatoria.
  5. Comunicación de inicio de las obras.
  6. Solicitud de calificación definitiva y abono de las ayudas.
  7. Modelo de domiciliación bancaria.

 

Ayudas a la rehabilitación de edificios y accesibilidad.

Ayudas para la rehabilitación de edificios realizando actuaciones de conservación, de mejora de la accesibilidad o de mejora de la seguridad de utilización de edificios de viviendas.  Plan 2018-2021. Convocatoria 2019.

Interesados/Solicitantes

Podrán ser beneficiarios, y por tanto solicitantes de las ayudas las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios a través del representante/ administrador, o los propietarios únicos

Requisitos

Los edificios que se acojan al presente programa de ayudas cumplirán los siguientes requisitos:

a) Estar finalizados antes de 1996.
b) Que al menos el 70 por 100 de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja, tenga uso residencial de vivienda.
c) Que al menos el 50 por 100 de las viviendas constituya el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar las ayudas.

Para la obtención de las ayudas relacionadas en este programa, se requiere que:
a) El edificio cuente con el correspondiente Informe de Evaluación del Edificio (IEEV.CV), en vigor.
b) Las actuaciones deben contar con el acuerdo de la comunidad para la ejecución de las obras, salvo en los casos de edificios de propietario único.

El plazo para ejecutar las obras de rehabilitación no podrá exceder de veinticuatro meses, contados desde la fecha de publicación de la resolución de concesión de la ayuda en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Las obras deberán estar iniciadas con posterioridad al 1 de enero de 2018.

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